El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo define el acoso sexual como cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tengan el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo.
Hechos como el acaecido el pasado día 10 de mayo en le que detenían al encargado de una empresa agrícola acusado de acoso sexual a un jornalero , nos hace reflexionar sobre la necesidad de implantar el protocolo de acoso sexual y acoso por razón de sexo en las empresas.
Y ya no solo, implantar el protocolo de acoso sexual por la obligación legislativa cuyo incumplimiento es motivo de sanción, si no como dice el Instituto de la Mujer, para una mayor conciencia y sensibilización de trabajadores, trabajadoras, empresas, instituciones, agentes sociales y ciudadanía en su conjunto respecto a la prevención y erradicación de este tipo de conductas en el trabajo y al logro de unas condiciones laborales que respeten y garanticen la dignidad de las personas.
La foto de la noticia de la empresa agrícola pertenece al Diario La Vedad de Murcia del 10 de mayo. Si desea añadir su punto de vista a mi reflexión, por favor, déjeme su comentario y le interesará leer esta entrada sobre los problemas laborales de las empresas agrícolas.
Antonio Martinez
Asesor Laboral en Carrillo Asesores