Un verdadero abuso por parte de las entidades: Comisiones bancarias, ¿todo vale?
Todos nos hemos encontrado alguna vez con que, al pedir un extracto de nuestra cuenta corriente, había “comisiones” que nos parecían excesivas o injustificadas. ¿35 euros por un cargo en descubierto? ¿90 euros por un pagaré devuelto?
En algunos casos, se trata de comisiones que nos cobra el banco por un servicio y que no tendremos más remedio que pagar, pero en otros casos se trata de comisiones bancarias abusivas que tenemos derecho a recuperar.
Comisiones bancarias = Servicio efectivo
Para ser válidas, las comisiones bancarias deben responder a un servicio efectivamente prestado.
Por esta razón, si el banco nos cobra una comisión por un servicio que no ha realizado o nos cobra dos veces por el mismo servicio, la comisión indebida o repetida será nula y el banco tendrá que devolvernos su importe.
Por ejemplo:
Si el banco nos carga en nuestra cuenta una comisión por descubierto, dado que ya nos cobra unos intereses muy elevados por ese mismo concepto, o si nos cobra por la devolución de un pagaré, salvo que efectivamente haya realizado alguna gestión con el deudor para lograr su pago.
El Banco de España, en su Circular 8/1990, establece claramente que “las comisiones y gastos repercutidos deben responder a servicios efectivamente prestados”.
¿Cómo reclamar comisiones bancarias y recuperar mi dinero?
Para reclamar comisiones bancarias, lo primero que tenemos que hacer es:
1.- Reunir toda la documentación que demuestre el cobro de estas comisiones.
Además, será mucho más fácil preparar la reclamación si previamente hemos ordenado cronológicamente esos documentos y hemos realizado una relación de los cargos por fechas y conceptos.
2.- Exigir formalmente al banco que nos devuelva las comisiones, bien presentando un escrito en nuestra oficina con copia para que nos la sellen o enviando un burofax.
En este punto, es importante contar con el asesoramiento de un profesional que nos ayude a diferenciar qué comisiones son legítimas y cuáles no, lo que incrementará notablemente las probabilidades de tener éxito al reclamar comisiones bancarias.
Por último, si el banco no está dispuesto a devolver las comisiones que nos haya cobrado indebidamente, tendremos que:
3.- Reclamarlas judicialmente a través de la correspondiente demanda.
A este respecto, debemos señalar que, conscientes de esta mala práctica, nuestros tribunales ya han dictado numerosas resoluciones poniendo coto al cobro de comisiones indebidas por parte de las entidades bancarias.
Así, por ejemplo, podemos citar la reciente sentencia de 15 de febrero de 2013, en la que la Audiencia Provincial de Murcia establece claramente que “cualquier comisión que las entidades bancarias repercutan en los clientes, debe corresponder a la prestación de un servicio real acreditado, que es el que se remunera”.