Cómo hacer el formulario ETE de información al Banco de España sobre operaciones con el exterior
¿A quién va dirigido el modelo ETE?
Únicamente afecta a las empresas y/o personas físicas que hagan transacciones con el exterior cuando la suma, una a una y sin compensar, de las transacciones con no residentes habidas durante el año anterior, o la suma de los saldos de activos y pasivos exteriores al 31 de diciembre de dicho año, sean superiores a 1.000.000 €.
¿Cuándo hay que informar de estas transacciones con el exterior y de qué manera?
Cuando el volumen aún siendo mayor de 1.000.000 € sea menor de 50.000.000 €, habrá que informar de estas operaciones antes del 20 de enero del año siguiente (antes del 20 de enero de 2018 para informar de las operaciones de 2017 (en caso contrario hay otros plazos)
La información debe transmitirse telemáticamente con el certificado de cada usuario mediante la cumplimentación y envío del formulario en PDF disponible en la web del Banco de España, que puede acceder desde aquí.
¿Qué operaciones deben incluirse en la declaración según la Circular B.E. 4/2012, de 25 de abril ?
Operaciones financieras activas con el exterior (se agrupan todas) Operaciones financieras activas con el exterior (09 01 01)Como inversiones debe indicarse:
Inversiones en empresas no residentes.
Entradas en las cuentas de valores abiertas en entidades de crédito no residentes.
Disposiciones de préstamos y créditos financieros condedidos a no residentes.
Incrementos de saldo en cuentas abiertas en entidades de crédito no residentes y en cuentas mutuas, inter-empresa o de cash pooling abiertas con no residentes, con saldo a favor del declarante.
Constituciones de depósitos a plazo en entidades de crédito no residentes.
Compra de inmuebles y terrenos situados en el extranjero.
Inversiones en derviados financieros emitidos por no residentes.
Importe de las factruas devengadas durante el periodo de declaración en el caso de créditos comerciales concedidos a clientes no residentes.Como desinversiones se indicará:
Desnversiones en empresas no residentes.
Salidas en las cuentas de valores abiertas en entidades de crédito no residentes.
Amortizaciones de préstamos y créditos financieros concedidos a no residentes.
Disminuciones de saldo en cuentas abiertas con entidades de crédito no residentes y en cuentas mutuas, inter-empresa o de cash pooling abiertas con no residentes, con salod a favor del declarante.
Cancelación de depóscitos a plazo en entidades de crédito no residentes.
Venta de inmuebles y terrenos situados en el extranjero.
Desinversiones en derivados financieros emitidos por no residentes.
Cobros por facturas y anticipos habidos durante el periodo de declaración, en el caso de crécitos comerciales condedidos a clientes no residentes.
* Saldo inicial:
Ha de coincidir con el saldo final del periodo anterior (en este caso, el saldo a 31/12/2016 puesto que vamos a declarar el periodo 2017) Se valorará al precio de mercado. Si el importe es negativo deberá ponerse el signo – delante.
* Transacciones netas:
Se calculará como la diferencia entre inversiones menos desinversiones de 2017; Si el importe es negativo deberá ponerse el signo – delante.
* Otras variaciones:
Son variaciones que no sean transacciones. Por ejemplo: variaciones de tipo de cambio, revalorizaciones, cancelaciones contables…
* Saldo final:
Debe ser igual al saldo inicial + – transacciones netas + – otras variaciones. Si el importe es negativo deberá ponerse el signo – delante.
* Intereses:
Se valorarán por el importe percibido/pagado por este concepto, sin deducir los impuestos.
Operaciones financieras pasivas con el exterior (se agrupan todas)
Operaciones financieras pasivas con el exterior (09 02 01)Como inversiones debe indicarse:
Inversiones de no residentes en la empresa declarante.
Emisiones negociables del declarante en el exterior o colocación de títulos no negociable con no residentes.
Disponemos de préstamos y créditos financieros recibidos de no residentes.
Incrementos de salod en cuentas mutuas, inter-empresa o de cash pooling abiertas con no residentes, con salod en contra en declarante.
Inversions de no residentes en derivados financieros emitidos por residentes.
Importe de las factruas devengadas durane el periodo de declaracion en el caso de crédicots comerciales recibidos de proveedores no residentes.Como desinversiones se indicará:
Desinversiones de no residentes en la empresa declarante.
Amorizaciones totales o parciales de emisiones negociables del delarante en el exterior o de colocaciones de títulos no negocialbes con no residentes.
Amortizacions de préstamos y créditos financieros recibidos de no residentes.
Disminuciones de salod en cuentas mutuas, inter-empresa o de cash pooling abiertas con no residentes, con saldo en contar del declarante.
Desinversiones de no residentes en derviados financieros emitidos por residentes.
Importe de los pagos por facturas o anticipos habidos durante el periodo de declaración, en el caso de créditos comerciales recibidos de proveedores no residentes.
* Saldo inicial:
Ha de coincidir con el saldo final del periodo anterior (en este caso, el saldo a 31/12/2016 puesto que vamos a declarar el periodo 2017) Se valorará al precio de mercado. Si el importe es negativo deberá ponerse el signo – delante.
* Transacciones netas:
Se calculará como la diferencia entre inversiones menos desinversiones de 2017; Si el importe es negativo deberá ponerse el signo – delante.
* Otras variaciones:
Son variaciones que no sean transacciones. Por ejemplo: variaciones de tipo de cambio, revalorizaciones, cancelaciones contables…
* Saldo final:
Debe ser igual al saldo inicial + – transacciones netas + – otras variaciones. Si el importe es negativo deberá ponerse el signo – delante.
* Intereses:
Se valorarán por el importe percibido/pagado por este concepto, sin deducir los impuestos.
Una vez completado, ¿dónde se presenta el formulario ETE?
Una vez completado el formulario ETE en PDF habrá que validarlo y guardarlo (lo pone al final del mismo).
Por último, hay que presentar el PDF con el certificado digital de la empresa a través de la página web del Banco de España, concretamente en el siguiente enlace:
https://sedeelectronica.bde.es/sede/es/menu/tramites/Presentacion_po_31e444328b15831.html en la pestaña, «envío de declaraciones».
Si tiene alguna duda, consúltenos y recuerde que el plazo para presentar el formulario ETE, para los que estén obligados a hacerlo anualmente, termina el día 20 de enero.
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