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HACIENDA Y SUS CARTAS DE AVISO A LAS EMPRESAS

LA AGENCIA TRIBUTARIA COMUNICARÁ POSIBLES INCIDENCIAS A CONTRIBUYENTES CON MENORES INGRESOS Y MARGENES BAJOS.


Como ya vino ocurriendo en 2022, Hacienda va a seguir con su campaña de comunicaciones a empresas y otros contribuyentes con perfil de riesgo. Ya que según el Plan de Control Tributario para 2023, Hacienda va a continuar complementando su plan anual de visitas a determinados sectores empresariales con la emisión de cartas de aviso dirigidas a aquellos contribuyentes con menor importe de negocios, de los sectores elegidos, que incurran en determinados indicadores de riesgo de incumplimiento cuando se observe que dichos parámetros se vienen manteniendo de forma continuada a lo largo de los últimos ejercicios.


Se trata, de una forma menos intrusiva, de obtener una mejora en el comportamiento fiscal de los contribuyentes receptores de estas comunicaciones, que les evite aparecer en los indicadores de riesgo para situarse en niveles de cumplimiento acordes con su actividad y sector.


En qué consisten las cartas de aviso de la AEAT

En el año 2022, se emitieron una serie de cartas aviso dirigidas a contribuyentes que mantenían en el tiempo riesgos de incumplimiento fiscal y por ello en 2023 se abrirá una nueva fase de análisis de la información en la que se comprobará la reacción del contribuyente ante la recepción de la carta, analizándose, ya no sólo el comportamiento del contribuyente en los ejercicios a los que se refiere esta carta, sino también con posterioridad a esos ejercicios y, ya no sólo el comportamiento de los contribuyentes que recibieron la carta, sino el de su entorno familiar y/o profesional


Por ello, Hacienda pretende que dichos contribuyentes modifiquen su comportamiento en vía voluntaria, y regularicen su situación fiscal, sin que sea necesario llevar a cabo comprobaciones y/o inspecciones tributarias.


En que indicadores se fija la AEAT

Con esto, la Agencia Tributaria, es muy probable que si Vd. está en su punto de mira, le envíe una comunicación en la que ponga de relieve inconsistencias entre sus datos bancarios y los financieros declarados en el Impuesto sobre Sociedades (IS). En estos casos, para detectar ventas no declaradas, la AEAT realiza las siguientes comparaciones:


  1. Hacienda compara las entradas y salidas de las cuentas de la empresa con la cifra de ventas declarada en el IS (recuerde que cada mes de enero los bancos presentan el modelo 196, informando de los saldos existentes a 31 de diciembre y del volumen total de entradas y salidas de cada cuenta). Luego tiene que tener en cuenta las empresas, que Hacienda tiene constancia de todas las entradas de dinero que se registran en sus cuentas bancarias, pólizas, productos bancarios de inversión, etc, y es consciente del total de ingresos que se realizan en un ejercicio económico, comparándolo con la cifra de negocios declarada en dicho ejercicio fiscal.

  2. Compara los márgenes de la empresa con los márgenes medios del sector; en concreto, el margen neto (el cociente entre el resultado de explotación y el importe neto de la cifra de negocios) y el margen bruto. Y puede considerar la existencia de márgenes inferiores a los habituales como indicativo de ventas no declaradas, o gasto excesivo en función de las salidas de efectivo. Hay que tener en cuenta que Hacienda tiene la mayor base de datos del pais en cuanto a datos económicos de las empresas, por sectores, por provincias, por epígrafes y actividad, haciendo comparaciones a través de su BIG DATA, y su programa “PROMETEO” donde se almacena toda la información y en segundos tener un informe de su empresa. Hacienda también suele utilizar estos ratios para cargar en inspección a empresas.

También hemos observado, que Hacienda al igual que en 2022, vuelva a enviar cartas a empresas que tienen turismos en propiedad o en leasing (de los que detalla la marca, el modelo y la matrícula), para que cuando se ceda su uso a trabajadores se efectúe un ingreso a cuenta del IRPF y se declare la retribución en especie.


Que debo hacer ante una notificación de este tipo

Si su empresa recibe una de estas comunicaciones o alguna similar, NO TIENE QUE ALARMARSE, ya que no constituyen un requerimiento ni el inicio de una comprobación o inspección. Son meros avisos informativos, por lo que no debe contestarlos, ni enviar documentación alguna.

Eso sí, verifique que se están cumpliendo todas las obligaciones y realice las regularizaciones que sean precisas antes de que lo haga Hacienda o que la cargue en inspección.


Conclusiones finales:

  • La Hacienda continuará con su plan de comunicaciones a empresas y otros contribuyentes con perfil de riesgo.

  • Las cartas de aviso se dirigen a aquellos contribuyentes con menor importe de negocios que incurren en determinados indicadores de riesgo de incumplimiento.

  • La Agencia Tributaria puede enviar comunicaciones para detectar inconsistencias entre los datos bancarios y los financieros declarados en el Impuesto sobre Sociedades.

Por ello una planificación fiscal adecuada, detectando posibles inconsistencias en los balances, contabilidad, y en la cuenta de resultados, la correcta aplicación de las normas tributarias con la aplicación de las máximas deducciones posibles, cobra vital importancia y en su labor, el asesor fiscal ocupa un papel muy importante para evitar riesgo fiscal.






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