Aclaración al Decreto sobre permiso obligatorio retribuido y declaración responsable

Por Carrillo

Actualizado: 8 feb 2021

El Ministerio de Sanidad ha dictado una nueva Orden con la finalidad de aclarar el Decreto relativo al permiso obligatorio retribuido. Puedes encontrar toda la información de este permiso en este post. La Orden incluye aclaraciones sobre los trabajadores autónomos y aquellos que se dedican a la representación sindical y patronal. Aclara lo siguiente:

Permiso obligatorio retribuido

Está regulado en el RD- Ley 10/2020. Sólo es aplicable a trabajadores por cuenta ajena de sectores no considerados esenciales en el mismo Decreto. No se aplica a trabajadores autónomos.

Trabajadores autónomos

Los trabajadores autónomos podrán seguir trabajando. Con excepción de los que se dediquen a actividades suspendidas por el Decreto de declaración del Estado de Alarma.

Representación sindical y patronal

Las actividades de representación sindical y patronal no están afectadas por las restricciones de movilidad. Esto es con el fin garantizar la asistencia y asesoramiento a personas trabajadoras y empleadores.

Las personas trabajadoras por cuenta ajena que no deban acogerse al permiso obligatorio retribuido y aquellas otras dedicadas a la actividad de representación sindical o empresarial tendrán derecho a que la empresa o entidad empleadora les expida una declaración responsable reconociendo tal circunstancia, de acuerdo con el modelo recogido en el Anexo de esta Orden.

Si tienes cualquier duda o necesitas una aclaración, contacta con nosotros. En Carrillo Asesores estaremos encantados de atenderte.

Juan Pérez

Lorem fistrum por la gloria de mi madre esse jarl aliqua llevame al sircoo.

¡Enlace copiado!

ENTRADAS RECIENTES

La devolución de retenciones a no residentes en España cobra relevancia tras nuevas resoluciones judiciales. Analizamos quién puede reclamarlas y cómo hacerlo.
La socia de Carrillo Asesores Tributarios Abogados ha sido distinguida por el ICAMUR por su trayectoria profesional en la abogacía y su liderazgo en el ámbito jurídico y deportivo.
Crear una holding extranjera no garantiza pagar menos impuestos. Antes de modificar tu estructura empresarial, conviene analizar el impacto del exit tax, la transparencia fiscal internacional (CFC) y la residencia fiscal real.