Realizar capitulaciones es una medida necesaria para evitar la pérdida total del patrimonio conyugal ya que mediante la sociedad de gananciales se hacen comunes para los cónyuges las ganancias o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de ellos, así como las deudas.
¿Qué son exactamente las capitulaciones matrimoniales?
Las capitulaciones matrimoniales son el contrato por el que se fijan las normas que regulan la relación económica del matrimonio. Los cónyuges pueden elegir entre un régimen de bienes gananciales o uno de separación de bienes.
Se realizan ante notario y se recogen en un documento público. Las capitulaciones se pueden efectuar antes o después de contraer matrimonio. El único requisito en ambos casos es que los dos cónyuges estén de acuerdo y acudan a un notario.
Si se firman antes de contraer matrimonio hablamos de capitulaciones prematrimoniales.
Para que sean válidas el matrimonio debe celebrarse antes de un año desde la firma de la escritura pública de capitulaciones y el régimen económico elegido entrará en vigor tras el matrimonio.
Si se firman una vez casados hablamos de capitulaciones matrimoniales.
El régimen económico matrimonial seleccionado por los cónyuges tendrá vigencia desde el mismo momento de su firma. En este caso, lo ideal es asesorarse antes sobre las posibilidades a llevar a cabo a la hora de firmar las capitulaciones matrimoniales y, en su caso, disolver la sociedad de gananciales preexistente entre los cónyuges (pues a falta de capitulaciones matrimoniales o cuando las mismas sean ineficaces, el régimen económico matrimonial entre los cónyuges, en la mayor parte de España, es el de gananciales).
Hay que tener en cuenta que los cónyuges podrán modificar su régimen económico matrimonial siempre que estén de acuerdo. No existe límite en el número de veces que se puede cambiar el régimen económico matrimonial.
En la escritura de capitulaciones matrimoniales se pueden incluir, además del régimen económico matrimonial, normas de convivencia, pactos en previsión de crisis matrimoniales, y, en general cualesquiera disposiciones por razón del matrimonio.
¿Cuánto cuesta hacer separación de bienes?
El coste de la Escritura pública de capitulaciones matrimoniales suele rondar los 50 euros (sin separación de bienes).
¿Qué beneficios tiene para la empresa y para usted realizar capitulaciones matrimoniales?
Estar casado en régimen de separación de bienes, es decir, realizar capitulaciones matrimoniales, supone la división del patrimonio entre ambos cónyuges, tanto los bienes inmuebles, o el dinero como las deudas.
Pertenece a cada cónyuge los bienes que adquieran después del matrimonio y por su puesto los privativos, los adquiridos antes del mismo o por donación o herencia de familiares.
Esto supone:
-libertad de disposición de sus bienes sin contar con el permiso del otro cónyuge,
-facilidad en la división del patrimonio en caso de divorcio,
-en el supuesto de existencia de deudas de uno de ellos no se pone en peligro el patrimonio familiar, solo el personal del cónyuge deudor.
¿Qué desventaja tiene para la empresa y para usted realizar capitulaciones matrimoniales?
Ninguna, sólo son ventajas. En caso de no hacerlo y como regla general para todo el territorio nacional, como he indicado anteriormente, el matrimonio se regirá por el régimen de gananciales, donde los cónyuges además de compartir sus bienes, dinero o posesiones, también comparten las deudas, con los perjuicios que esto puede suponer.