El pasado 21 de diciembre de 2024 se publicó en el BOE la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, que introduce importantes modificaciones y novedades en materia fiscal en España. Esta norma, que ya está en vigor, trae consigo cambios significativos para empresas, autónomos y contribuyentes particulares. A continuación, destacamos los puntos clave de esta nueva legislación.
1. Nuevos impuestos y derogaciones importantes
La Ley 7/2024 crea nuevos impuestos y deroga algunas figuras tributarias previas, afectando a distintos sectores:
Impuesto sobre el Margen de Intereses y Comisiones (IMIC):
Este tributo grava a las entidades financieras que operen en España sobre la base de los márgenes de intereses y comisiones.
Impuesto sobre líquidos para cigarrillos electrónicos y productos de nicotina:
A partir de enero de 2025, grava la fabricación, importación o venta de estos productos
Derogación del gravamen temporal energético:
Este impuesto, creado en 2022, queda eliminado a partir de 2024.
2. Cambios en el Impuesto sobre Sociedades
Se reintroducen medidas que afectan principalmente a las grandes empresas y se fomenta la competitividad de las pequeñas:
Reintroducción de límites para la compensación de Bases Imponibles Negativas (BIN):
Empresas con facturación de 20 a 60 millones de euros podrán compensar un 50% de la base imponible positiva previa, y un 25% en caso de superar los 60 millones.
Siempre se permite compensar hasta 1 millón de euros.
Limitaciones a las deducciones por doble imposición:
Las grandes empresas tendrán un límite del 50% de la cuota íntegra para aplicar estas deducciones.
Mejoras en la reserva de capitalización:
Se incrementa la reducción general al 2% del aumento de fondos propios, con límites que alcanzan hasta el 30% si se incrementa la plantilla más de un 10%.
Microempresas podrán disfrutar de límites específicos más altos.
Reducción progresiva de tipos impositivos:
Para microempresas, los tipos bajarán al 17%-20% en 2027, y para entidades de reducida dimensión, al 20% en 2029.
3. Cambios en el IRPF
La Ley introduce novedades tanto en la tributación del ahorro como en beneficios para trabajadores y artistas:
Aumento del tipo de gravamen del ahorro:
El tramo superior (bases superiores a 300.000 €) pasa del 28% al 30%.
Reducción para actividades artísticas excepcionales:
Se aplicará una reducción del 30% en los rendimientos que superen el 130% de la media de los tres últimos ejercicios, con un máximo de 150.000 €.
Procedimientos de devolución a mutualistas:
En línea con el Tribunal Supremo, se regula un procedimiento estándar para solicitar devoluciones por ejercicios anteriores (2020-2023).
4. Novedades en el IVA y la facturación
Para mejorar la recaudación y combatir el fraude fiscal, se introducen medidas específicas:
Medidas contra el fraude en carburantes:
Se exige garantizar el pago del IVA por parte de los operadores antes de que los productos salgan de los depósitos fiscales, salvo excepciones para operadores confiables.
Reducción del IVA al 4%:
Se aplica a la leche fermentada, promoviendo su accesibilidad.
Avances en la facturación electrónica:
Se regula la obligatoriedad de la facturación electrónica para empresas, impulsada por la Ley "Crea y Crece", con protección adicional de datos.
5. Exenciones fiscales por la DANA
Se establecen beneficios fiscales para ayudar a los afectados por los daños provocados por la DANA:
Exención de IRPF e Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para donaciones de empleadores a empleados destinadas a reparar daños personales y materiales, siempre que estén justificadas.
Si necesitas más información sobre cómo estas novedades fiscales pueden afectarte o tienes dudas específicas sobre tu situación, no dudes en contactar con Carrillo Asesores. Nuestro equipo de expertos está preparado para ofrecerte un asesoramiento personalizado y ayudarte a cumplir con todas tus obligaciones fiscales de manera eficiente.