top of page

Robinson no ha abandonado la isla

Actualizado: 13 may 2021

Las listas Robinson llevan entre nosotros mucho tiempo, para aquellos que las conozcan no precisan de presentación, pero para los que sea la primera vez que escuchan este término, se tratan de una serie de listas en las que los usuarios se da de alta para no recibir publicidad de una determinada empresa o empresas a través de cualquier medio.

Estas listas existen desde mediados de los años noventa cuando desde la Unión Europea se reconoció a los usuarios la posibilidad de oponerse a los tratamientos de sus datos de carácter personal.


Por tanto, desde ese momento, los individuos tenían y tienen la capacidad de inscribirse en este tipo listas y las empresas que quieran llevar a cabo campañas publicitarias por correo postal electrónico, telefónico o medios análogos tienen la obligación de consultarlas para no infringir la normativa en materia de datos de carácter personal.


¿Cómo afecta el RGPD a las listas Robinson?


Si bien este marco regulatorio no ha sido sustancialmente alterado por la entrada en vigor, el pasado 25 de mayo de 2018, del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), sí que esta nueva normativa ha traído consigo novedades que afectan directamente a la forma de proceder de las empresas con los usuarios; y en concreto nuevos protocolos de actuación en relación con las listas que nos ocupan.


El RGPD ha incrementado los estándares del marco regulatorio de la protección de datos. Establece una actitud proactiva por parte de las empresas en el tratamiento de los datos de los usuarios que incluye la obligación de comprobar las listas Robinson de una forma más exhaustiva.


Una de las principales novedades del RGPD es la necesidad por parte de las empresas de recabar el consentimiento de forma expresa por parte del interesado para el tratamiento de los datos de este último. Por tanto, si no se ha manifestado el consentimiento expreso para recibir publicidad de una empresa, esta última no podrá enviar comunicaciones comerciales a un determinado usuario.


El RGPD establece que el deber de información de los responsables del tratamiento ha de ser más detallado que el exigido por la normativa que lo antecede. Sucede lo mismo en materia de medidas de control de los datos de carácter personal que las empresas tienen obligación de implementar.


El RGPD y el derecho al olvido


En este sentido y en materia de los derechos que el interesado puede invocar frente al responsable del tratamiento, también se han incluido novedades a través del RGPD. Cabe destacar como ejemplo, el derecho al olvido y el de portabilidad que crean situaciones jurídicas nuevas que atienden necesidades que tienen todos los usuarios y por las que deben velar las empresas.


De este modo, tanto el RGPD como la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos que está por llegar, establece la obligación a todas las empresas que quieran hacer comunicaciones comerciales de sus productos o servicios a que previamente realicen consultas a las listas Robinson.

Esto me causó una gran aflicción y me hizo comprender, aunque demasiado tarde, la estupidez de iniciar un trabajo sin calcular los costos ni juzgar la capacidad para realizarlo. Las aventuras de Robinson Crusoe, Daniel Defoe

Este nuevo marco regulatorio presenta nuevos retos y desafíos para el empresario, por lo que adaptarse correctamente supone una ventaja competitiva además de evitar desagradables situaciones que puedan acabar derivando en una sanción por parte de la Agencia Española de Protección de Datos.


Fernando Álvarez

Abogado en Carrillo Asesores

10 visualizaciones

Entradas Recientes

Ver todo

COMPARTIMOS CONOCIMIENTO

bottom of page