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Sentencia Tribunal Constitucional plusvalía

Actualizado: 18 may 2021

El Tribunal Constitucional dicta sentencia sobre la plusvalía municipal


Tal y como hemos ido anunciando en los diferentes foros a los que hemos acudido, el Tribunal Constitucional ha dictado finalmente sentencia sobre determinados artículos de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, esto es, aquella que aplica a las “plusvalías” devengadas en territorio común.


En su sentencia ha acordado por unanimidad declarar la inconstitucionalidad y nulidad de los artículos 107.1, 107.2 a) y 110.4 de la citada Ley por considerar que vulneran el principio constitucional de capacidad económica en la medida en que la exacción del tributo no se vincula necesariamente a la existencia de un incremento real del valor del bien, “sino a la mera titularidad del terreno durante un periodo de tiempo”. 


Sentencia Tribunal Constitucional plusvalía municipal


La sentencia, como cabía esperar, se pronuncia en términos esencialmente idénticos a la doctrina establecida anteriormente en las sentencias 26/2017 y 37/2017 para la Ley reguladora del impuesto en los Territorios Históricos de Guipúzcoa y Álava.


Como es sabido, en dichas resoluciones el Tribunal acordó que, sin perjuicio de que pueda resultar admisible que el legislador configure impuestos que gravan la riqueza potencial, en la medida en que este impuesto grava situaciones inexpresivas de capacidad económica -es decir, aquellas transmisiones que se han producido generando pérdidas y por lo tanto sin incremento de valor del terreno- estos artículos devienen inconstitucionales y son expulsados del Ordenamiento Jurídico.


A este respecto, el Tribunal encarga al legislador enmendar esta Ley, de tal forma que se adecúe a la constitución y no atente el principio constitucional de capacidad económica (art. 31.1. CE). Nos consta que se está a la espera de un informe de la Federación Española de Municipios y Provincias para acometer dicha modificación legislativa.


En este escenario, desde Carrillo Asesores, os sugerimos que reviséis las transmisiones inmobiliarias efectuadas en los últimos tiempos a los efectos de analizar el pago de una eventual plusvalía improcedente y en ese caso proceder a la defensa de vuestros legítimos derechos; pues, en definitiva, es el momento óptimo para recurrir.


Como siempre, quedamos a vuestra disposición para cualquier duda o aclaración.


reclamar plusvalía municipal



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