¿Puedo vender mi empresa? Hoy te contamos qué debes tener en cuenta a nivel legal, fiscal y económico para hacerlo de 10.
Cómo vender mi empresa
Empecemos tratando lo que nos dice el legislador. En este sentido, una empresa se transmite cuándo el vendedor tiene voluntad de enajenar la titularidad de una unidad productiva de la empresa, y la parte adquirente voluntad de adquirirla.
Formas jurídicas
Pero para transmitir una empresa o parte productiva de ella, tenemos diversas formas jurídicas de acometer esta acción:
La compraventa
La donación
La permuta
La aportación no dineraria de una actividad de la misma
El arrendamiento
Incluso el usufructo
La venta de parte de acciones / participaciones sociales
Qué impuestos debo pagar para vender mi empresa
A nivel fiscal, ¿Qué nos dice Hacienda?, nos preguntamos si tendremos que pagar algún tributo al respecto. Como en todos los supuestos, si existe trasmisión patrimonial sí se devengará el tributo de ITP., tal y como nos señala el art. 1 ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, pues el impuesto grava las transmisiones patrimoniales onerosas y las operaciones societarias.
Queremos señalar una controversia fundamental, y dos supuestos. Uno, cuando se realizan operaciones en las que se trasmiten activos de una sociedad y que implican un cambio en la titularidad de la empresa, y dos, aquellas otras operaciones en las que se trasmiten acciones o participaciones societarias. Mientras en las primeras sí se produce una sucesión empresarial, en las segundas la titularidad permanece inalterada.
Por lo tanto, la transmisión de acciones y participaciones no constituye hecho de responsabilidad tributaria por sucesión de empresa, ya que no hay cambio de titularidad en la empresa.
¿Qué ocurre las deudas de la sociedad que vendo?
Deudas laborales
Respecto de las deudas laborales, nos dice el Estatuto de los Trabajadores que transmitente y adquirente responden 3 años tras la venta como responsables solidarios.
Deudas tributarias
Respecto de las deudas tributarias, en el caso de las sociedades limitadas y anónimas, la responsabilidad de las deudas sociales se limita al importe del capital aportado, por lo que responderán del mismo importe de sus aportaciones independientemente del hecho controvertido o el momento de devengo de la deuda. Atendiendo a esto, se contará siempre con la excepción de que se pueda probar de un ánimo defraudatorio para eludir algún pago tributario, en la que se aplicará la Teoría del Levantamiento del velo societario.
Si tienes una operación de compra o venta de una empresa, o quieres aportar capital social a un nuevo proyecto, infórmate primero de los riesgos de la operación, de los impuestos , de cómo calcular el precio, y de las responsabilidades que la acción conlleva. Nosotros te asesoraremos como Abogados y Asesores Tributarios.