Deducciones en la financiación de espectáculos en vivo
Las recientes reformas en el Impuesto de Sociedades y en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas han dejado claro cual es la política en materia de deducciones del Gobierno.
La eliminación de todas ellas menos las que afectan a deducciones de Investigación, Desarrollo e Innovación y las que afectan a Inversiones en producciones cinematográficas y espectáculos en vivo, refleja claramente la línea que ha marcado el ejecutivo.
Conocida y aplicada es la deducción en I+D, pero la gran desconocida y por lo tanto apenas aplicada es la deducción en Inversiones en producciones cinematográficas y espectáculos en vivo, la cual permite que
«los gastos realizados en la producción y exhibición de espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales tenga una deducción del 20 por ciento».
Es decir, por la producción de un espectáculo cuyo coste alcance la cifra de 500.000 €, se generará una deducción de 100.000€.
Si usted, empresario, tiene interés en reducir considerablemente su factura fiscal, de forma absolutamente legal, con las pocas deducciones fiscales que se pueden aplicar, estaremos encantados de poder explicársela de una forma personal y confidencial para tratar su asunto en exclusividad.
Emiliano Carrillo Fernández
Socio-Director en Carrillo Asesores