El gobierno aprobó ayer una nueva normativa para la lucha contra el coronavirus. Todavía no se ha publicado en el BOE. Sí es cierto que se han publicado nuevas normas que afectan a diferentes sectores. Estas actualizan las que publicamos en este post el día 23 de marzo. Actualizada a las 8:00 h del día 25 de marzo, la nueva normativa es la siguiente.
Normativa para la lucha contra el coronavirus
Esta nueva normativa para la lucha contra el coronavirus afecta a:
Alquiler de vehículos.
Centros de mayores.
Centros de servicios sociales de carácter residencial.
Transporte en vehículos de hasta nueve plazas.
Alojamientos hoteleros.
Te las exponemos a continuación.
Alquiler de vehículos
Se ha modificado la anterior Orden del Ministerio de Transportes relativa a la actividad de alquiler de vehículos, permitiéndose ahora para vehículos de todo tipo, siempre que el arrendamiento se haga para fines de transporte de mercancías y asegurar el necesario abastecimiento de productos a la población, así como para los desplazamientos permitidos en el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
Centros de mayores y de servicios sociales de carácter residencial
En relación con los centros de mayores se ha dictado la Orden SND/275/2020, de 23 de marzo, por la que se establecen medidas complementarias de carácter organizativo, así como de suministro de información en el ámbito de los centros de servicios sociales de carácter residencial en relación con la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus o COVID-19.
Los centros de servicios sociales de carácter residencial también se han visto afectados por esta nueva nueva normativa para la lucha contra el coronavirus. Deberán mantener su actividad. No pueden adoptar medida alguna que, en relación con la situación de emergencia originada por el coronavirus, conlleve el cierre, reducción o suspensión de actividades o de contratos laborales, salvo que la autoridad competente de la comunidad autónoma determine, por las circunstancias concurrentes, que el mantenimiento de la actividad del centro no es imprescindible. La norma establece además una serie de medidas de prevención e información para este tipo de centros.
Vehículos de hasta nueve plazas
Por Orden del Ministerio de Transporte de 24 de marzo, se ha aclarado que: «El transporte público, privado complementario y particular de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, llevado a cabo en el marco de los supuestos de desplazamiento autorizados en el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, en los que deba viajar más de una persona en el vehículo, respetará que vaya como máximo una persona por cada fila de asientos, manteniéndose la mayor distancia posible entre los ocupantes.»
Alojamientos hoteleros
El Ministerio de Sanidad también ha actualizado su normativa para la lucha contra el coronavirus con una nueva Orden. Se ha ordenado la apertura para alojamiento de personal sanitario y trabajadores de determinados sectores de un listado de alojamientos hoteleros en toda España. Estos vienen relacionados en anexo a la Orden.
Con fecha posterior a este post, se han publicado nuevas normas. Estas actualizan las que aquí detallamos. Puedes consultarlas en nuestros posts del 26 y 27 de marzo.
Para cualquier duda o aclaración contacta con nosotros. En Carrillo Asesores estaremos encantados de atenderte.