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Nuevos derechos para empleados del hogar: vigilancia médica, evaluación de riesgos y protocolo antiacoso

El 11 de septiembre de 2024 el gobierno publicó en el BOE una actualización significativa que refuerza los derechos de los empleados y empleadas del hogar (RD 893/2024 de 10 de septiembre). Entre las principales novedades, se incluyen el derecho a reconocimientos médicos periódicos, la evaluación de riesgos laborales por parte de los empleadores y la obligatoriedad de formación preventiva para los trabajadores. Estas medidas buscan mejorar la seguridad y salud de quienes prestan servicios en el ámbito del hogar familiar, introduciendo también un protocolo contra el acoso y estableciendo nuevas obligaciones para los empleadores, cuya aplicación será progresiva hasta 2026.


Las novedades son las siguientes:


Reconocimientos médicos

Los empleados del hogar tendrán derecho a la vigilancia de su estado de salud y será responsabilidad del empleador/a, lo que incluye un examen médico adecuado que tenga en cuenta los riesgos laborales identificados en la evaluación. El reconocimiento médico tendrá una periodicidad trienal y será voluntario y único, aunque se trabaje en varios domicilios. El ministerio de sanidad promoverá la inclusión de la realización gratuita de los reconocimientos médicos en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud.


Evaluación de riesgos y formación


El empleador/a deberá realizar una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y salud de sus trabajadores/as. En caso de que la evaluación detecte situaciones de riesgo, se deberán adoptar las medidas preventivas necesarias para eliminar o reducir y controlar tales riesgos.


Los empleadores deberán proporcionar gratuitamente a las personas trabajadoras “los equipos de trabajo adecuados para el correcto desempeño de sus funciones” y los repondrán cuando resulte preciso.


Las trabajadoras tendrán que realizar una formación obligatoria en materia preventiva en el momento de su contratación, que será única, aunque presten servicio en varios domicilios. En el caso de que su tarea entrañe riesgos excepcionales en alguno de los domicilios, deberá recibir una formación complementaria que correrá a cargo de la persona empleadora en cuestión.


La formación se hará a través de la plataforma del INSST, que estará disponible en la web del Ministerio de Trabajo y será gestionada por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.


Protocolo antiacoso


El INSST facilitará un protocolo frente al acoso. El abandono del domicilio ante una situación de violencia o acoso no podrá considerarse dimisión ni podrá ser causa de despido

En el plazo de 10 meses desde la publicación de la norma, el INSS pondrá a disposición de todas las personas empleadoras una herramienta que facilite el cumplimiento de las obligaciones. Las obligaciones en materia de prevención no serán exigibles hasta seis meses después de la puesta a disposición de esta herramienta, con lo que la entrada en vigor efectiva se irá a 2026.


Con la publicación de este nuevo Real Decreto, el legislador avanza en la protección de los derechos de los empleados y empleadas del hogar, equiparándolos a otros sectores laborales en términos de seguridad, salud y prevención. La implementación gradual de estas medidas permitirá que tanto empleadores como trabajadores se adapten a las nuevas exigencias, mejorando las condiciones laborales en el ámbito doméstico. Este marco normativo, junto con el respaldo de instituciones como el INSST y el Sistema Nacional de Salud, supone un paso decisivo hacia una mayor dignificación y protección del trabajo en el hogar familiar.




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