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Una entidad sin ánimo de lucro también necesita una fiscalidad bien ordenada.
Fundaciones, ONG y asociaciones deben cumplir obligaciones contables, justificar donaciones, revisar actividades exentas y aplicar correctamente el régimen fiscal que les corresponde.
Cumplir bien también protege la finalidad de la entidad.
El régimen fiscal especial puede aportar ventajas importantes, pero exige cumplir requisitos y aplicarlo correctamente.
Revisamos si la fundación, ONG o asociación encaja en la Ley 49/2002, qué obligaciones implica y cómo afecta a su tributación diaria.
Las donaciones necesitan trazabilidad: quién dona, qué importe se recibe, cómo se certifica y qué deducción puede aplicar el donante.
Una gestión fiscal ordenada evita errores en certificados, declaraciones informativas y justificación de fondos.
La contabilidad de una entidad sin ánimo de lucro debe explicar bien ingresos, gastos, subvenciones, donaciones y actividades realizadas.
La memoria económica anual ayuda a justificar el destino de los recursos y a cumplir con las obligaciones formales del régimen aplicable.
No todas las actividades de una fundación u ONG tienen el mismo tratamiento fiscal.
Conviene diferenciar cuotas, donaciones, subvenciones, actividades económicas y servicios prestados para saber qué está exento, qué tributa y cómo debe documentarse.
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Porque estar informado también es una forma de estar protegido.
El régimen fiscal importa tanto como la forma de justificar cada recurso.
En una fundación, ONG o asociación, la fiscalidad no se limita a presentar impuestos.
También implica acreditar el destino de los fondos, diferenciar actividades exentas y no exentas, documentar donaciones, cumplir obligaciones contables y aplicar correctamente el régimen que corresponda.
ESPECIALIZACIÓN
Por sector
Cada entidad tiene una forma distinta de cumplir, justificar y sostener su actividad.
01
Fundaciones acogidas a la Ley 49/2002
Régimen fiscal especial, obligaciones formales, memoria económica y requisitos que deben mantenerse bien documentados.
02
ONG y asociaciones con donaciones o subvenciones
Fondos recibidos, certificados, ayudas y cuotas revisados para justificar bien el origen y el destino de los recursos.
03
Entidades con actividades exentas y no exentas
Servicios, proyectos, actividades económicas o ingresos propios que necesitan diferenciarse correctamente para evitar errores fiscales.
En una entidad sin ánimo de lucro, cada dato fiscal debe poder explicarse.
Trabajar la fiscalidad de una fundación u ONG exige mirar más allá del impuesto: cómo se financia, qué proyectos desarrolla, qué obligaciones asume y cómo acredita el destino de sus recursos. Nuestro equipo revisa esa información para que donaciones, subvenciones, cuotas, actividades y memoria económica tengan una lectura fiscal coherente y fácil de sostener.
Emiliano Carrillo
Socio
Arabela Carrillo
Socia
José Luis Fraile
Socio
Antonio Juan Perez Madrid
Asesor Fiscal
Pedro Lorenzo
Asesor Fiscal
Montse Santamaría
Dpto. Fiscal
Javier López
Economista / Asesor fiscal
María José Muñoz
Dpto. Fiscal
Diana Patricia Riveros
Dpto. de Arte y Cultura
Irene Martínez
Dpto. Fiscal
Adela Martínez
Asesora Fiscal
Laly Cayuela Hernández
Dpto. Fiscal
Pedro Tomás López
Dpto. Fiscal
María Luisa Laborda
Dpto. Fiscal
Ana María Moreno
Dpto. de Arte y Cultura
Pilar Díaz Clemente
Dpto. de Arte y Cultura
Daniel Borrachero
Economista / Asesor fiscal
Maria Ángeles M.Coll
Asesora Fiscal - Dpto. de Arte y Cultura
Miguel Martínez
Asesor fiscal
Elena Cerezuela
Asesor Fiscal
Cruz Noguera
Dpto. Fiscal
Chari Martínez
Dpto. Fiscal
Antonio Campillo
Asesor Fiscal
Francisco Javier Morcillo
Dpto. Fiscal
Ana María Sánchez
Dpto. Fiscal
Silvia González
Asesora Fiscal
Vicente Rocamora
Dpto. de Arte y Cultura
Mónica Muñoz
Asesora Fiscal
María Balsalobre
Dpto. de Arte y Cultura
Manuel Soto
Asesor Fiscal
Laura Martínez
Dpto. Fiscal
José Pedro Díaz
Dpto. de Arte y Cultura
José Alberto Martínez
Dpto. de Arte y Cultura
Isabel García
Dpto. Fiscal
Diego Arques
Asesor Fiscal - Dpto. de Arte y Cultura
Brian Garrido
Dpto. de Arte y Cultura
Mª Isabel Carrión
Dpto. de Arte y Cultura
Carlos Viñegla
Asesor Fiscal
Carlos Nistal
Dtor. Barcelona
Cinthia Sanchez
Dpto. Fiscal
Eduardo Pallero
Asesor Fiscal
Gloria Cruz
Asesora fiscal
Lola Gandia
Dpto. Fiscal
Plinio Simón
Economista / Asesor fiscal
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Cumplir bien también significa saber qué debe justificar cada entidad.
Depende del tipo de fundación, su volumen, sus obligaciones contables y la normativa que le resulte aplicable. En muchos casos conviene revisar si la entidad debe auditar sus cuentas, presentar memoria económica o cumplir requisitos adicionales por estar acogida a un régimen fiscal especial.
Una fundación puede tener obligaciones fiscales, contables e informativas aunque no tenga ánimo de lucro. Entre ellas pueden estar la presentación de declaraciones, la justificación de donaciones, la memoria económica, la diferenciación de actividades exentas y no exentas y el cumplimiento del régimen fiscal aplicable.
Sí, siempre que cumplan los requisitos del régimen fiscal que les corresponda y lo apliquen correctamente. La Ley 49/2002 puede permitir beneficios fiscales para determinadas entidades sin fines lucrativos, pero exige una gestión ordenada de obligaciones, documentación y destino de los recursos.
Las donaciones recibidas por una ONG deben documentarse correctamente: importe, donante, destino de los fondos y certificado cuando proceda. Su tratamiento fiscal puede depender del régimen aplicable a la entidad y de si la donación cumple los requisitos para generar deducciones al donante.
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