REGISTRO DE PYMES INNOVADORAS

REGISTRO DE PYMES INNOVADORAS

Actualizado: 28 may 2021

Este verano el Ministerio de Economía y Competitividad ha creado el Registro de Pymes Innovadoras que permite a las empresas inscritas en el mismo, además de poder exponer el distintivo de pyme innovadora tanto en su sede como en diversa documentación y publicidad, la posibilidad de compatibilizar la deducción por I+D del impuesto sobre sociedades con las bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social del personal innovador reguladas en el artículo 6 del Real Decreto 475/2014.


Para poder inscribirse en ese registro, aparte de cumplir con los requisitos de ser Pyme (menos de 250 empleados, volumen de negocio inferior a 50 millones de euros anuales o activo inferior a 43 millones) la empresa debe cumplir alguna de las siguientes características:

  1. Que haya recibido financiación pública en los últimos tres años a través del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación, ayudas del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial, convocatorias del 7º programa marco de I+D+i o del Programa Horizonte 2020 de la UE.

  2. Que haya demostrado su carácter innovador, bien por disponer de una patente propia en explotación en los últimos cinco años o por haber obtenido en los últimos tres años un informe motivado vinculante positivo a efectos de aplicación de la deducción del Impuesto sobre sociedades.

  3. Que tenga alguna de las siguientes certificaciones:

  4. Joven Empresa Innovadora, según AENOR EA0043

  5. Pequeña o microempresa innovadora, según AENOR EA00487 o certificación conforme a la norma UNE 166.002 «Sistemas de gestión de la I+D+i»

Para la inscripción en este registro, se debe nombrar a una persona representante de la PYME en el Registro Unificado de Solicitantes del Ministerio de Economía y Competitividad,. Esta persona debe disponer de certificado digital.


Toda la información relativa a este registro, así como la documentación a aportar (todo de forma telemática) se encuentra en http://www.boe.es/boe/dias/2015/06/11/pdfs/BOE-A-2015-6468.pdf


¿Está interesado en darse de alta en el Registro de Pymes Innovadoras? Déjenos su comentario o dudas, estaré encantado en contestarlas.



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Juan Pérez

Lorem fistrum por la gloria de mi madre esse jarl aliqua llevame al sircoo.

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