Qué revisar fiscalmente antes de vender tu empresa: el mapa que protege el precio

Por Miguel Martínez
Qué revisar fiscalmente antes de vender una empresa
Antes de vender una empresa conviene revisar la fiscalidad, las contingencias y la estructura de la operación.
Publicado: 6 de julio de 2026 · Categoría: Fiscal / M&A

En una venta de empresa, el precio manda hasta que aparece el primer problema fiscal.

A partir de ahí, el precio sigue importando, pero deja de mandar solo. Empiezan a pesar las contingencias, las garantías, los ajustes de precio, las retenciones y las indemnidades.

En 30 segundos: lo que el vendedor debería saber antes de negociar

  • Antes de firmar una carta de intenciones no siempre puedes cerrar toda la fiscalidad de la operación, pero sí puedes tener tu propio mapa fiscal.
  • Quién vende cambia el impuesto: una persona física, una sociedad operativa o una holding no llegan igual a la venta.
  • Qué se vende cambia el resultado: vender participaciones no tiene el mismo tratamiento fiscal que vender activos o una unidad de negocio.
  • Todo riesgo fiscal que el comprador descubre en la due diligence tiende a convertirse en una conversación sobre precio, garantías, retenciones o indemnidades.
  • La exención del artículo 21 LIS puede resultar relevante cuando vende una sociedad, pero exige cumplir requisitos y debe analizarse antes de negociar.
  • El gran error no suele ser pagar algo más. El error caro es empezar a revisar cuando ya no queda margen para defender la operación.

Ese es uno de los errores más frecuentes en el lado vendedor: pensar que la fiscalidad ya se verá cuando la operación esté madura.

Cuando haya una oferta. Cuando se firme la carta de intenciones. Cuando el comprador entre en due diligence. Cuando los abogados empiecen a discutir el contrato.

Para entonces, una parte de la partida ya se está jugando.

Conviene aclarar algo desde el principio.

La carta de intenciones, o LOI, fija el marco inicial de la operación antes de entrar en la negociación más intensa. Antes de firmarla no siempre puede conocerse toda la fiscalidad final de la venta.

Muchas cuestiones dependen de cómo se estructure el deal, de qué quiera comprar la otra parte, de cómo venga organizado el comprador o de si habrá pagos aplazados, precio variable, earn-out o fórmulas mixtas.

Pero una cosa es no poder saberlo todo y otra muy distinta llegar sin haber revisado nada.

El vendedor sí puede tener claro su propio mapa fiscal antes de negociar: quién va a vender, qué se puede vender, qué impacto aproximado puede tener la operación, qué riesgos arrastra la compañía y qué puntos pueden acabar utilizándose para bajar precio o endurecer condiciones.

Ese trabajo previo no cierra toda la fiscalidad del deal. Sí evita un error mucho más caro: dejar que el comprador descubra antes que tú los puntos débiles de la operación.

Por qué el precio bruto no es lo que el vendedor se lleva

La cifra grande puede ser el mejor gancho de una oferta y, al mismo tiempo, el peor punto de partida para decidir.

Uno de los autoengaños más habituales en una venta de empresa consiste en quedarse con el número bruto: «Me ofrecen esto por la compañía».

A partir de ahí, todo parece girar alrededor de si esa cifra encaja con las expectativas del vendedor.

La venta real rara vez se agota en ese número.

Entre el precio anunciado y el dinero que efectivamente termina quedando en manos del vendedor hay más distancia de la que a veces se admite. Esa distancia no se explica únicamente por impuestos. También influyen:

  • La estructura de la operación (share deal o asset deal, quién vende, cómo se organiza el pago).
  • Las contingencias detectadas durante la revisión de la compañía.
  • Las garantías, retenciones e indemnidades que el comprador exige para cubrir riesgos.
  • Los pagos aplazados o el precio variable, que condicionan cuándo se cobra.
  • El histórico fiscal de la empresa y cómo aguanta una revisión.

Un empresario que entra a negociar mirando solo el bruto entra con una visión incompleta.

«La fiscalidad no sustituye al valor empresarial de la compañía. Pero puede alterar cuánto precio se defiende, cuánto se cobra, cuándo se cobra y qué parte queda condicionada.»

El comprador suele mirar otra cosa: cuánto vale el negocio, qué riesgos lleva incorporados y cuánto de ese riesgo puede trasladar al vendedor vía precio, contrato o garantías.

Quién vende: persona física, sociedad o holding

La misma empresa puede generar resultados fiscales muy distintos según quién aparezca como vendedor.

En muchas compañías, especialmente cuando existe historia societaria o familiar, el empresario cree que está claro quién vende. Hasta que la estructura se analiza con detalle.

Vender como persona física no equivale a vender como sociedad. Vender desde una estructura holding tampoco equivale a hacerlo desde una sociedad operativa. Y llegar a la operación con una estructura pensada para crecer no es lo mismo que llegar con una estructura preparada para salir.

Si vende una persona física

Cuando vende una persona física residente en territorio español, la ganancia patrimonial derivada de la transmisión de participaciones tributa en el IRPF, normalmente dentro de la base del ahorro, según la escala aplicable.

Aquí el análisis suele centrarse en el coste de adquisición, el valor de transmisión, la antigüedad de la participación y el impacto real que tendrá la ganancia en el patrimonio personal del vendedor.

Si vende una sociedad

Cuando vende una sociedad, la tributación se analiza en el Impuesto sobre Sociedades.

La operación ya no se mira solo desde la posición personal del socio, sino desde la sociedad que transmite y desde cómo se tratará fiscalmente la renta obtenida por esa transmisión.

Si vende una holding

Si vende una holding o una sociedad que cumple los requisitos del artículo 21 LIS, la renta positiva derivada de la transmisión de participaciones puede beneficiarse de la exención prevista en ese precepto.

Para períodos iniciados desde el 1 de enero de 2021, la exención opera con carácter general sobre el 95% de la renta, al minorarse un 5% en concepto de gastos de gestión, siempre que se cumplan los requisitos legales.

Este punto debe revisarse antes de negociar, porque no basta con que exista una sociedad vendedora: hay que comprobar si se cumplen los requisitos exigidos y si la estructura responde a una realidad societaria previa.

Qué cambia si vendes participaciones o vendes activos

El comprador y el vendedor pueden estar hablando de «comprar la empresa» y, en realidad, estar imaginando operaciones fiscales muy distintas.

Una opción es transmitir la sociedad mediante la venta de participaciones o acciones. Esa estructura suele denominarse share deal.

Otra opción es vender activos concretos, ramas de actividad o una unidad de negocio. Esa estructura suele denominarse asset deal.

Desde el punto de vista empresarial, ambas fórmulas pueden acercar al comprador al negocio que quiere adquirir. Desde el punto de vista fiscal, el resultado puede cambiar de forma relevante.

Alternativa Qué se transmite Impacto fiscal habitual Qué debe revisar el vendedor
Share deal Participaciones o acciones de la sociedad. El vendedor transmite la sociedad con sus activos, pasivos, riesgos e histórico. Si vende una sociedad que cumple los requisitos del artículo 21 LIS, puede resultar aplicable la exención sobre la renta positiva. Quién vende, requisitos de la exención, histórico fiscal de la sociedad, garantías que pedirá el comprador y riesgos incluidos en el perímetro transmitido.
Asset deal Activos concretos, rama de actividad o unidad de negocio. La plusvalía puede aflorar en sede de la sociedad transmitente y tributar en el Impuesto sobre Sociedades. Puede existir un segundo impacto si los fondos se distribuyen a los socios. Activos afectados, tributación en la sociedad, distribución posterior de fondos, IVA u otros impuestos indirectos y delimitación contractual del perímetro vendido.

Si se venden participaciones o acciones

En una venta de participaciones, el vendedor transmite la sociedad. Eso significa que el comprador adquiere el negocio con sus activos, sus contratos, sus pasivos, sus riesgos y su histórico.

Desde el punto de vista fiscal, si el vendedor es una sociedad que cumple los requisitos del artículo 21 LIS, puede resultar aplicable la exención sobre la renta positiva derivada de la transmisión, con el alcance y las condiciones previstas en la norma.

Por eso, antes de negociar, no basta con saber que se quiere vender la empresa. Hay que comprobar quién vende, qué participación se transmite, qué requisitos se cumplen y qué riesgos arrastra la sociedad que el comprador va a revisar.

Si se venden activos o una unidad de negocio

En una venta de activos, no se transmite necesariamente la sociedad completa. Se transmiten activos concretos, una rama de actividad o una unidad de negocio.

Aquí la plusvalía puede aflorar en sede de la sociedad que transmite esos activos y tributar en el Impuesto sobre Sociedades. Después puede existir un segundo impacto si el dinero obtenido se distribuye a los socios.

Esta estructura puede ser atractiva para el comprador si quiere seleccionar perímetro, evitar determinados riesgos o mejorar su posición fiscal futura. Para el vendedor, en cambio, puede cambiar de forma relevante el precio neto que finalmente queda disponible.

Por qué comprador y vendedor no siempre quieren lo mismo

Con frecuencia, los incentivos de comprador y vendedor no coinciden.

El comprador puede preferir comprar activos para delimitar mejor qué adquiere y qué riesgos deja fuera. El vendedor puede preferir vender participaciones para transmitir la sociedad completa y, en determinados casos, acceder a un tratamiento fiscal más eficiente.

Esa tensión debe conocerse antes de negociar.

El vendedor que llega con una idea genérica —»vender la empresa y cerrar una buena cifra»— puede encontrarse con un comprador que ya ha pensado qué quiere comprar, qué riesgos quiere evitar y qué estructura le conviene imponer.

Cómo una contingencia fiscal acaba bajando el precio

Una contingencia fiscal no siempre empieza como un problema con Hacienda. Muchas veces empieza como una duda del comprador.

Todo riesgo fiscal relevante que aparece durante una due diligence tiene muchas probabilidades de convertirse en una conversación económica.

El comprador puede traducir esa incertidumbre de varias formas:

  • Ajuste de precio: rebaja directa sobre la cifra ofrecida.
  • Garantía específica: cobertura para un riesgo concreto que el comprador no quiere asumir.
  • Retención de parte del pago: dinero aplazado hasta que el riesgo desaparece o prescribe.
  • Indemnidad: compromiso del vendedor de responder si el riesgo se materializa.

El nombre cambia, pero la lógica es la misma: lo que el comprador percibe como incertidumbre intentará traducirse en una mejor posición para él.

Definición: una contingencia fiscal en una venta de empresa es un riesgo tributario, documental o interpretativo que puede afectar al valor, al precio, a las garantías o a la responsabilidad del vendedor durante la negociación.

Ese riesgo abarca más que un eventual procedimiento tributario abierto.

También incluye criterios discutibles, tratamientos poco consistentes, documentación incompleta, operaciones mal armadas, saldos difíciles de justificar, facturas insuficientemente soportadas o incoherencias entre lo que la empresa hace y cómo lo ha venido reflejando fiscalmente.

«Todo riesgo fiscal que el comprador descubre antes que el vendedor deja de ser solo una cuestión técnica: se convierte en una herramienta de negociación.»

Lo delicado no es que existan puntos débiles. En muchas operaciones existen.

Lo delicado es que afloren por primera vez cuando la otra parte ya está revisando la compañía y el vendedor se ve obligado a explicar deprisa lo que debería haber entendido antes.

Por qué revisar antes protege el precio de venta

Las ventas que mejor se defienden suelen ser las que llegan al proceso con los riesgos identificados.

Revisar la fiscalidad antes de vender permite separar lo que puede corregirse, lo que puede explicarse y lo que tendrá que asumirse como parte del perímetro real de la operación.

Esa diferencia es valiosa.

Un riesgo corregible puede resolverse antes de que llegue el comprador. Un riesgo explicable puede documentarse y prepararse para la negociación. Un riesgo inevitable puede incorporarse al análisis de precio, garantías o indemnidades con más control.

Ahí está el verdadero sentido del mapa fiscal del vendedor.

No se trata de fabricar una empresa perfecta antes de vender. Se trata de no dejar el relato fiscal de la operación en manos del comprador.

Cuando el comprador detecta antes que tú los problemas de tu estructura o de tu histórico fiscal, la operación cambia de tono. Ya no se negocia solo el valor del negocio. También se negocia la debilidad del vendedor.

Revisa la operación antes de negociar

Si estás valorando una venta, conviene revisar este mapa antes de abrir la negociación formal: estructura del vendedor, alternativas de transmisión, contingencias fiscales y puntos que podrían afectar al precio o a las garantías.

Revisar la operación antes de negociar

Venta de empresa familiar o con varios socios: por qué la fiscalidad se complica

En una empresa familiar, la venta rara vez afecta igual a todos.

Este problema se multiplica cuando la compañía tiene varios socios o cuando existe una estructura familiar detrás.

Cada socio puede tener un coste de adquisición distinto, una situación patrimonial diferente, necesidades de liquidez propias y objetivos no siempre coincidentes.

Lo que para uno es una buena salida puede generar para otro un problema de reordenación patrimonial. Lo que para uno es liquidez disponible puede alterar para otro un equilibrio familiar o societario construido durante años.

La fiscalidad de la empresa familiar añade otra capa.

La empresa familiar puede disfrutar de beneficios fiscales vinculados al Impuesto sobre el Patrimonio y al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, siempre que se cumplan los requisitos aplicables.

La venta puede afectar a esos beneficios y a la planificación patrimonial posterior. Además, el alcance de estos beneficios depende en buena medida de la normativa de cada comunidad autónoma.

Por eso, en empresas familiares, la decisión de vender no se mide solo por el precio. También debe medirse por lo que ocurre con el patrimonio familiar después de la operación.

Qué es el mapa fiscal del vendedor

El mapa fiscal del vendedor convierte una operación incierta en una negociación con menos zonas ciegas.

Definición: el mapa fiscal del vendedor es una revisión previa de quién transmite la empresa, qué se transmite, qué impuestos pueden activarse y qué riesgos fiscales pueden afectar al precio, a las garantías, a las retenciones, a las indemnidades o al calendario de cobro de la operación.

El mapa fiscal no cierra toda la fiscalidad antes de empezar. Su función es llegar a la negociación habiendo revisado las variables que pueden condicionar el precio neto, la estructura de venta y la posición del vendedor ante la due diligence.

Ese trabajo previo se concentra en cuatro preguntas.

Área del mapa fiscal Qué hay que entender antes de negociar Por qué importa para el precio
Quién vende Si transmite una persona física, una sociedad operativa, una holding o varios socios con situaciones distintas. Determina el impuesto aplicable y si puede operar la exención por transmisión de participaciones.
Qué se vende Si se venden participaciones, acciones, activos o una unidad de negocio. Cambia quién tributa, cuándo tributa y cuánto precio puede llegar limpio al vendedor.
Qué contingencias arrastra Riesgos fiscales, criterios discutibles, documentación incompleta o incoherencias del histórico. El comprador puede traducir esos riesgos en ajuste de precio, garantía, retención o indemnidad.
Dónde están los puntos débiles Qué parte del precio responde a valor real y qué parte puede convertirse en discusión latente. Permite gestionar el riesgo antes de que el riesgo gestione la negociación.

Revisar estas cuatro cuestiones antes de negociar permite separar lo que puede corregirse, lo que puede explicarse y lo que habrá que asumir.

El detalle depende de la estructura societaria, la situación patrimonial y el tipo de comprador. Por eso el mapa fiscal debe adaptarse a cada operación.

Checklist fiscal antes de vender una empresa

Una revisión previa no exige cerrar todo el deal antes de tiempo. Exige llegar a la negociación sabiendo qué preguntas fiscales no pueden quedar en manos del comprador.

  • Quién vende: persona física, sociedad operativa, holding, grupo familiar o varios socios.
  • Qué se vende: participaciones, acciones, activos, rama de actividad o unidad de negocio.
  • Cómo tributa cada alternativa: IRPF, Impuesto sobre Sociedades, posible exención del artículo 21 LIS y efectos posteriores para socios.
  • Qué riesgos fiscales arrastra la compañía: inspecciones, criterios discutibles, documentación incompleta, saldos antiguos u operaciones sensibles.
  • Qué puede detectar el comprador en due diligence: contingencias, incoherencias, ajustes pendientes o debilidades documentales.
  • Qué garantías puede pedir el comprador: indemnidades, retenciones, ajustes de precio o declaraciones fiscales específicas.
  • Qué impacto existe en empresa familiar: Impuesto sobre el Patrimonio, ISD, normativa autonómica y reorganización posterior del patrimonio.
  • Qué estructura conviene preparar antes de negociar: holding, reorganización, documentación de operaciones vinculadas o limpieza de contingencias.
  • Qué parte no puede saberse todavía: estructura final del deal, precio variable, pagos aplazados, earn-out o exigencias concretas del comprador.
  • Qué debe estar claro antes de la LOI: mapa fiscal propio, riesgos principales y margen real de negociación.

Este checklist no sustituye el análisis fiscal de la operación. Sirve para evitar que la primera revisión seria la haga el comprador.

Cuándo conviene revisar la fiscalidad de la venta

El mejor momento para revisar la fiscalidad de una venta es antes de necesitar defenderla.

Antes de negociar una venta no siempre es posible cerrar toda la fiscalidad de la operación. Pero sí es posible —y muy aconsejable— llegar al proceso con las cuestiones esenciales revisadas.

  • Saber quién vende.
  • Saber qué puede venderse.
  • Saber qué contingencias pueden aparecer.
  • Saber dónde están los puntos débiles.
  • Saber qué parte del precio todavía es valor y qué parte puede convertirse en discusión.

En una operación de M&A, la fiscalidad rara vez protagoniza la primera conversación. Pero a menudo decide el tono de las siguientes.

Cuando eso ocurre, la diferencia entre llegar preparado y llegar tarde suele medirse en dinero, margen y capacidad de defender la operación.

Si estás valorando una venta, la entrada de un inversor o una reorganización previa a la transmisión, revisar antes el mapa fiscal permite detectar riesgos, anticipar escenarios y negociar con más margen.

Revisa tu mapa fiscal antes de negociar

El comprador no solo compra una empresa. Compra un perímetro, una historia, unos riesgos y una forma de documentarlos.

Si esa historia fiscal llega ordenada, el vendedor negocia desde una posición más fuerte. Si llega llena de zonas grises, la conversación deja de girar solo sobre valor y empieza a girar sobre descuentos, garantías y protección del comprador.

Por eso, antes de vender una empresa, conviene revisar este tipo de operaciones de M&A desde el lado vendedor: quién vende, qué se transmite, qué contingencias arrastra la compañía y qué puntos pueden afectar al precio, a las garantías o a las indemnidades.

Asesoramiento fiscal, jurídico y laboral para empresas y particulares

Cada operación tiene su propia casuística. La estructura societaria, la normativa fiscal aplicable, la situación patrimonial de los socios y la comunidad autónoma pueden cambiar el análisis.

Revisar el mapa fiscal antes de negociar permite llegar al proceso con una posición más clara, anticipar los puntos sensibles y evitar que el comprador sea quien convierta la fiscalidad en una herramienta de presión.

Analizamos el mapa fiscal de la venta antes de negociar

Nuestro equipo fiscal y de M&A revisa la estructura del vendedor, las alternativas de transmisión, los riesgos históricos de la compañía y los puntos que pueden condicionar precio, garantías, retenciones o indemnidades.

Consultar con el equipo de M&A y fiscal

Preguntas frecuentes sobre la fiscalidad antes de vender una empresa

Estas son algunas de las dudas más habituales antes de negociar la venta de una sociedad, una empresa familiar o una unidad de negocio.

¿Cuántos impuestos se pagan al vender una empresa?

Los impuestos por vender una empresa dependen de quién vende y de qué se vende. Si vende una persona física, la ganancia suele tributar en el IRPF como renta del ahorro. Si vende una sociedad, puede entrar en juego el Impuesto sobre Sociedades. Si vende una holding, puede resultar aplicable la exención del artículo 21 LIS sobre la renta positiva de la venta de participaciones, siempre que se cumplan los requisitos. No hay una cifra única: hay un mapa fiscal que conviene conocer antes de negociar.

¿Es mejor vender las participaciones o los activos de la empresa?

Para el vendedor, vender participaciones y vender activos no suele ser equivalente. La venta de participaciones puede ser más eficiente en determinados casos, especialmente si vende una sociedad que cumple los requisitos del artículo 21 LIS. La venta de activos puede generar tributación en sede de la sociedad y un impacto posterior si los fondos se distribuyen a los socios. La mejor estructura depende del vendedor, del comprador, del perímetro de la operación y de los riesgos asociados.

¿Cambia algo si vendo a través de una holding?

Vender a través de una holding puede cambiar de forma relevante la fiscalidad. La sociedad holding puede aplicar la exención del artículo 21 LIS sobre la renta positiva derivada de la transmisión de participaciones, con el alcance y los requisitos previstos en la norma. La estructura debe estar bien planteada y responder a una realidad societaria previa. Crear una holding con la operación ya en marcha puede ser tarde para obtener el efecto fiscal buscado y puede generar riesgos si no responde a una estructura real, planificada y justificable.

¿Cuándo conviene revisar la fiscalidad de la venta?

La fiscalidad de la venta conviene revisarla antes de negociar. No siempre es posible cerrar todos los detalles antes de la carta de intenciones, porque la estructura final puede depender del comprador, del perímetro y de la forma de pago. Lo que sí debe estar revisado antes es el mapa fiscal del vendedor: quién vende, qué se vende, qué contingencias arrastra la compañía y qué puntos débiles pueden afectar al precio.

¿Qué es una contingencia fiscal y por qué puede bajar el precio?

Una contingencia fiscal es un riesgo tributario, documental o interpretativo que puede afectar al valor, al precio o a las garantías de una venta de empresa. Cuando una contingencia aparece en la due diligence, el comprador puede traducirla en ajuste de precio, garantía específica, retención de parte del pago o indemnidad. El problema no es solo la existencia del riesgo, sino el momento en que aparece y quién controla la explicación.

¿Puedo vender mi empresa si tiene riesgos fiscales sin resolver?

Una empresa puede venderse aunque existan riesgos fiscales, pero esos riesgos deben estar identificados, valorados y documentados antes de negociar. Las operaciones mejor defendidas no son siempre las que carecen de riesgos; suelen ser las que llegan al proceso con los riesgos conocidos y una estrategia clara para explicarlos, corregirlos o asumirlos en el precio.

¿Por qué se complica la fiscalidad en una empresa familiar o con varios socios?

La fiscalidad se complica en una empresa familiar o con varios socios porque la venta puede afectar de forma distinta a cada vendedor. Cada socio puede tener un coste de adquisición, una situación patrimonial y unos objetivos diferentes. Además, la operación puede afectar beneficios fiscales vinculados al Impuesto sobre el Patrimonio y al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, cuya aplicación depende de requisitos concretos y normativa autonómica.

¿Tengo que tener toda la fiscalidad cerrada antes de la LOI?

No siempre es posible tener toda la fiscalidad cerrada antes de la LOI. Buena parte del análisis depende de cómo se estructure el deal, de qué quiera comprar la otra parte y de cómo se organice el precio. Lo que sí debe estar revisado antes de la LOI es el mapa fiscal propio del vendedor. Una cosa es no poder saberlo todo; otra muy distinta es llegar sin haber revisado nada.

¿Qué debería revisar una empresa antes de dejar entrar al comprador en due diligence?

Antes de la due diligence, la empresa debería revisar su estructura fiscal, la documentación de operaciones relevantes, los criterios fiscales aplicados, las contingencias abiertas, los riesgos históricos y los puntos que podrían convertirse en ajustes de precio o garantías. El objetivo es anticipar qué verá el comprador y preparar una explicación sólida antes de que esos puntos condicionen la negociación.

Referencias normativas y conceptos que conviene tener presentes

La fiscalidad de una venta de empresa exige coordinar impuestos, estructura societaria, documentación histórica y negociación contractual. Estas son las referencias que suelen aparecer en el análisis previo.

  • Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades. Regula la tributación de sociedades y la exención sobre determinadas rentas derivadas de participaciones. Permite analizar si una venta realizada por una sociedad puede acogerse al artículo 21 LIS.
  • Artículo 21 LIS. Regula la exención sobre dividendos y rentas derivadas de la transmisión de participaciones, con los requisitos legalmente previstos. Puede cambiar de forma relevante la tributación cuando vende una sociedad o holding.
  • IRPF. Grava, entre otras rentas, las ganancias patrimoniales obtenidas por una persona física. Es clave cuando el vendedor es una persona física titular de participaciones.
  • Impuesto sobre Sociedades. Grava la renta obtenida por sociedades. Puede activarse si se venden activos desde la sociedad o si vende una sociedad.
  • Impuesto sobre el Patrimonio y Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Pueden ser relevantes en estructuras de empresa familiar, porque la venta puede afectar beneficios fiscales familiares y planificación patrimonial posterior.
  • Share deal. Venta de participaciones o acciones de la sociedad. El vendedor transmite la sociedad, con sus activos, pasivos, riesgos e histórico.
  • Asset deal. Venta de activos o unidad de negocio. La sociedad transmite activos y puede aflorar tributación en sede de la compañía.
  • Due diligence fiscal. Revisión fiscal de la compañía por el comprador. Las contingencias detectadas suelen trasladarse a precio, garantías o indemnidades.
  • Carta de intenciones o LOI. Documento que fija el marco preliminar de la operación. Antes de firmarla conviene saber qué fiscalidad propia arrastra el vendedor.

Nota informativa: este contenido tiene carácter general y no constituye asesoramiento fiscal individualizado. La fiscalidad de una venta de empresa debe analizarse caso por caso, atendiendo a la normativa vigente, la estructura societaria, la residencia fiscal, la composición del precio, los riesgos históricos de la compañía y la normativa autonómica aplicable cuando interviene patrimonio familiar.

miguel martinez 2

Abogado fiscal

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